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Artículos de reflexión

Principios de equidad e igualdad: una perspectiva inclusiva para la atención educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia

Fairness And Equality Principles: An Inclusive Perspective For Education Care Of Disability Populations In Colombia

Princípios de Equidade e Igualdade: Uma Perspectiva Inclusiva Para o Cuidado Educativo das Populações com Deficiências na Colômbia

Solángel Materón Palacios ***
Corporación Universitaria Minuto de Dios. UNIMINUTO, Colombia

Principios de equidad e igualdad: una perspectiva inclusiva para la atención educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia

Revista Colombiana de Bioética, vol. 11, núm. 1, 2016

Universidad El Bosque

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Recepción: 05 Marzo 2015

Aprobación: 03 Junio 2016

Resumen: El enfoque de libertades fundamentales, en el marco de los derechos humanos, conlleva a que se instaure como eje prioritario la igualdad en los espacios de participación, formación y convivencia. Hace referencia a la importancia de reconocer las particularidades del ser humano desde las condiciones de cultura, raza, género y sexo, para lograr la plenitud de su desarrollo. El examinar las políticas públicas subyacentes a la inclusión educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia se constituye en el objetivo de este trabajo de reflexión. Se ha utilizado el enfoque de derechos y el enfoque inclusivo para analizar los principios de equidad, igualdad y cotejo de oportunidades pues estos propenden por la participación, inclusión y desarrollo integral de la población. Es así que la equidad y la igualdad invitan a democratizar las políticas como un proyecto de identidad compartida, las políticas deben tener una responsabilidad moral individual y colectiva donde la base esencial sea el reconocimiento y el respeto de la otredad. Ambos principios expresan universalidad, esto significa tener en cuenta todos los intereses y las necesidades de las poblaciones marginadas.

Palabras clave: principio de equidad, principio de igualdad, inclusión, discapacidad, atención educativa.

Abstract: The fundamental freedoms’ approach, within the human rights framework, entails that the equal opportunity for participation, training, and coexistence is set up as a priority. It emphasizes the importance of recognizing the human being particularities from the conditions of their culture, race, gender and sex in order to obtain a full development. Examining the public policies underlying educational inclusion of people with disabilities in Colombia constitutes the objective of this work of reflection. The human rights approach and inclusive approach were used to analyze the principles of fairness, equality and collating opportunities as these tend towards the participation, inclusion and integral development of the population. Therefore fairness and equality invite to democratize politics as a project of shared identity, the policies should have an individual and collective moral responsibility where the essential basis is the recognition and respect of otherness. Both principles express universality; this means taking into account all the interest and needs of the marginal populations.

Keywords: fairness principle, equality principle, inclusion, disability, education care.

Resumo: O enfoque das liberdades fundamentais, no âmbito dos direitos humanos, leva a se instaurar como eixo prioritário a igualdade nos espaços de participação, formação e convivência. Refere-se à importância de reconhecer as particularidades do ser humano desde as condições de cultura, raça, gênero e sexo, para obter a plenitude de seu desenvolvimento. O exame das políticas públicas subjacentes à inclusão educativa das populações com deficiências, na Colômbia, se constitui como objetivo deste trabalho de reflexão. Utilizou-se o enfoque de direitos e o enfoque inclusivo para analisar os princípios de equidade, igualdade e comparação de oportunidades, pois eles tendem à participação, inclusão e desenvolvimento integral da população. É deste modo que a equidade e a igualde convidam à democratização das políticas como um projeto de identidade compartilhada, as políticas devem ter uma responsabilidade moral individual e coletiva, na qual a base essencial seja o reconhecimento e o respeito ao outro. Ambos os princípios expressam universalidade, isto é, levar em consideração todos os interesses e necessidades das populações marginalizadas.

Palavras-chave: princípio de equidade, princípio de igualdade, inclusão, deficiência, cuidado educativo.

Introducción

Estudios recientes muestran que en Colombia solo 0,32% de los alumnos que asisten a la escuela tienen alguna discapacidad, promedio muy por debajo del porcentaje de niños y niñas con discapacidad en el país. Las cifras son similares en Argentina (0,69%) y en México (0,52%), mientras que en Uruguay y Nicaragua se informan porcentajes un poco superiores (2,76% y 3,5%, respectivamente), de acuerdo a los datos del Monitoreo Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, 2004 (véase Duk, 2010).

Entonces ¿qué papel juegan los principios de equidad e igualdad en la inclusión-atención educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia? En Colombia las políticas públicas relacionadas con la inclusión de las poblaciones menos favorecidas por su condición, raza, género y sexo, han venido desarrollando alternativas que permiten educar con calidad, igualdad, equidad y cotejo de oportunidades. La educación inclusiva se propuso como una aproximación al conocimiento de las características y particularidades de los grupos, poblaciones diversas y vulnerables que son atendidas en las instituciones educativas. El reto es fortalecer la capacidad institucional, de manera que brinde atención educativa para todos sin discriminación.

A manera de hipótesis se plantea que la atención educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia está signada por una estrecha relación con el enfoque de derechos humanos; la valoración de la diversidad es el elemento enriquecedor del proceso enseñanza-aprendizaje y, en consecuencia, favorece el desarrollo humano. Esta relación determina, en gran medida, el hecho de que somos distintos unos de los otros y por tanto, las diferencias no constituyen excepciones. La inclusión educativa desde la perspectiva de los derechos compromete como principios orientativos moralmente importantes la equidad, la igualdad y el cotejo de oportunidades. Se pretende mostrar su incidencia con un proceso argumental que he organizado en tres apartados. En el primero, se trata de definir la equidad y la igualdad como paridad pensada directamente desde la cuestión de justicia o injusticia social. En el segundo, se intenta proyectar estas concepciones con las políticas públicas inclusivas en Colombia. Y en el tercero, se observa la realidad de la atención educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia, donde a su vez se propone el enfoque de capacidades como imbricado con los principios de igualdad, equidad y cotejo de oportunidades.

Por consiguiente los objetivos que se proponen son los siguientes:

1. METODOLOGÍA

La reflexión presentada en este artículo se realizó con el soporte bibliográfico de documentos, artículos y textos sobre políticas públicas inclusivas y los principios de equidad e igualdad, a partir de la experiencia personal de varios años dedicados a la docencia, prácticas e investigaciones relacionadas con la atención educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia. Soportes teóricos de organismos como la Unesco, las Naciones Unidas, Fundación Saldarriaga Concha, Ministerio de Educación Nacional (MEN), y autores comprometidos con la inclusión como Echeita y Blanco, y con la educación y desarrollo humano como Nussbaum y Sen contribuyeron a sustentar el planteamiento sobre los más importantes desafíos que la educación inclusiva en Colombia enfrenta, en un mundo donde la marginalización está indisolublemente ligada a la exclusión y a la discriminación en diversos contextos.

2. RESULTADOS

La reflexión desde los principios de equidad, igualdad y cotejo de oportunidades orientados hacia la inclusión educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia suscitó desarrollar un marco conceptual y político desde una exploración y análisis a la luz de los mencionados principios.

Los resultados obtenidos se describen en cuatro apartes: el primero contextualiza los principios de igualdad y equidad en las políticas internacionales, donde lleva a la pregunta que dará curso a la reflexión; el segundo define la igualdad como ética y la equidad como política desde la cuestión de justicia e injusticia social; el tercero examina algunas políticas inclusivas en Colombia que dialogan con los principios de equidad, igualdad y cotejo de oportunidades; y el cuarto ubica los diferentes enfoques que han permeado la atención educativa de las poblaciones con discapacidad y su evolución en el marco de los derechos humanos

2.1 CONTEXTUALIZACIÓN DESDE LAS POLÍTICAS INTERNACIONALES

El 19 de octubre de 2005, la Conferencia General de la Unesco (2005) aprobó por aclamación la Declaración Universal sobre bioética y Derechos Humanos. Por primera vez en la historia de la bioética, los Estados miembros se comprometían, y comprometían con ello a la comunidad internacional, a respetar y aplicar los principios fundamentales de la bioética reunidos en un único texto.

La Unesco (2005, p. 3) desempeñó un papel importante en la definición de los principios universales basados en valores éticos comunes que orientan los adelantos científicos y desarrollo tecnológicos. Tiene en cuenta la responsabilidad de las generaciones actuales con las futuras, con las cuales la bioética tiene una responsabilidad fundamental. Estableció principios en la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, y consideró que era conveniente elaborar nuevos enfoques de responsabilidad social para garantizar que el progreso de la ciencia y la tecnología contribuya a la justicia y la equidad y sirva de interés a la humanidad.

Por lo tanto, determinó los siguientes principios en los artículos 3 al 17:

Artículo 3. Dignidad humana y derechos humanos; artículo 4. Beneficios y efectos nocivos; artículo 5. Autonomía y responsabilidad individual; artículo 6. Consentimiento; artículo 7. Personas carentes de la capacidad de dar su consentimiento; artículo 8. Respeto de la vulnerabilidad humana y la integridad personal; articulo 9. Privacidad y confidencialidad; artículo 10. Igualdad, justicia y equidad; artículo 11. No discriminación y no estigmatización; artículo 12. Respeto a la diversidad cultural y del pluralismo; artículo 13. Solidaridad y cooperación; artículo 14. Responsabilidad social y salud; artículo 15. Aprovechamiento compartido de los beneficios; artículo 16. Protección de las generaciones futuras y artículo 17. Protección del medio ambiente, la biosfera y la biodiversidad. (Unesco, 2005, pp. 5-8)

En el Artículo 10 se enuncia que «La declaración desarrolla el principio de igualdad, justicia y equidad afirmando que se habrá de respetar la igualdad fundamental de todos los seres humanos en dignidad y derechos, de tal modo que sean tratados con justicia y equidad» (2005, p. 6). Si la declaración promulga la igualdad y equidad en todos seres humanos desde sus derechos habrá que preguntarse: ¿qué ha pasado con el cumplimiento de estos principios en Colombia, aplicado a la inclusión educativa de las poblaciones con discapacidad?

2.2 LA IGUALDAD ES ÉTICA Y LA EQUIDAD ES POLÍTICA 1

Definir que es igualdad debe remontar de manera inicial a su etimología, la polisemia del término igualdad connota: «identidad, equivalencia, equidad, equiparación, equipolencia. Desde la raíz Equi, «aequus», se llega a equidad palabra usada como «igual, justo, equitativo, así equiponderancia significaría –igualdad en el pesoy equipolencia significaría –equivalenciaen algún tipo de poder» (Sánchez, 2006) De allí que la igualdad denota de manera subyacente la equidad.

La sinonimia en ambos términos lleva a pensar directamente en la cuestión de justicia o injusticia social, se les invoca de manera idéntica y casi siempre implicadas en reclamos por la paridad. Según Valcarcel (véase Tunnermann & Bernheim, 2002, p. 142) la concepción de igualdad propuesta en un plano macro-social aporta desde la ética una mirada particular, entender la igualdad desde una situación de interrelación, circunscrita en la convivencia. Lo anterior reclama desde un marco de los derechos humanos las diferentes constituciones políticas donde objeta que todos los seres humanos nacen iguales. Se asume que los seres humanos deben ser reconocidos como iguales sin importar la edad, las diferencias sexuales, económicas, políticas, ideológicas, religiosas, raciales, entre otras. Es allí donde la atención educativa de las poblaciones con discapacidad en Colombia no puede ser excluyente, ya que la educación es un derecho que cabe perfectamente en el término de igualdad.

La igualdad entendida como interrelación busca más un sentido de justicia, reclama desarrollar una moral de la diferencia, concebida como un avalúo de las diversidades instaurado en el reconocimiento de la existencia de diferencias individuales, entendida bajo un trato igual hacia todos los hombres. Desde esta perspectiva la igualdad obtiene una valoración relevante en el plano de las relaciones interpersonales, ya que determina una igualdad de respeto hacia la diferencia que va desde lo singular hasta lo colectivo.

Según Campbell (2002) la equidad es política pensada desde la justicia en términos de igualdad y mérito. Esto quiere decir que adquiere un objetivo distributivo, la justicia se vertebra en la adjudicación de recursos, beneficios y cargas pero también de condiciones de valoración y respeto equitativos.

Un asunto en promover en la convivencia es la equidad, y una manera de hacerle frente a la injusticia es la redistribución de esos recursos, bienes y servicios. Para Campbell (2002, p. 40) el decidir y actuar hacen de la equidad un asunto político porque se juega la posibilidad de afectar, mediante la acción humana, un estado de cosas para el bienestar de las personas; el bienestar hace referencia a mejorar las condiciones de en que transcurre la vida de los más desventajados.

Al conjugar la equidad y la igualdad desde el matiz de los dos autores, se suscita la necesidad de replantear la postura actual de las políticas educativas inclusivas en torno a las poblaciones con discapacidad en Colombia. La perspectiva de justicia invoca a democratizar las políticas como un proyecto de identidad compartida, indica que las políticas deben tener una responsabilidad moral individual y colectiva donde la base esencial sea el reconocimiento y el respeto de la otredad.

La igualdad y la equidad han de expresarse en universalidad, esto significa tener en cuenta todos los intereses y las necesidades de las poblaciones que son marginadas. El modelo político y económico debe recrear la igualdad y la equidad en las mismas relaciones cotidianas que se dan de manera primaria en las microesferas sociales: la familia, la escuela, el aula, y la comunidad. Lo que comprueba según Camps (2010, p. 98) que el tratamiento igual y equitativo no depende solo del ordenamiento legal sino depende de la voluntad personal de ver en el otro o la otra un semejante.

2.3 EQUIDAD E IGUALDAD EN LAS POLÍTICAS INCLUSIVAS EN COLOMBIA

En primera instancia se hace referencia al marco legal colombiano, particularmente a la Ley General de Educación:

La cual establece que el acceso, permanencia y promoción de las personas con limitaciones y con capacidades o talentos excepcionales en el ámbito educativo, es un derecho fundamental; lo que conlleva a que se consoliden como entes activos dentro del servicio educativo. De igual forma se señala que las instituciones deben garantizar, a partir de la organización institucional mediante convenios intersectoriales, que se fortalezcan acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de participación activa dentro del ámbito académico y social de dichos educandos. (Art. 46-48)

Según la ley en su Artículo 67, se determina que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura, La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

Al analizar el artículo desde los principios de equidad y la igualdad reclama un avaluó de las diversidades, fundamentado en esa gama de matices individuales desde el proyecto de los derechos humanos que lleva a entender la diferencia desde la singularidad. El llamado es a desarrollar un juicio ético bajo un tratamiento igualitario y equitativo sin interesar el contexto donde los sujetos se encuentren y reafirmando la condición de la diferencia con imparcialidad e imputabilidad.

Paralelamente, la Constitución Política de Colombia de 1991 en su Artículo 13 determina que:

Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

La inclusión pensada desde la equidad y la igualdad, por consiguiente, implica identificar y minimizar las barreras para el aprendizaje y la participación, en pro de cualificar los recursos que apoyan ambos procesos. Las barreras se generan en todos los aspectos y estructuras del sistema: en las instituciones educativas, en la comunidad, en las políticas locales y nacionales. Estas no solamente pueden impedir el acceso a la escuela sino también limitar su participación dentro del mismo.

Pensar la educación inclusiva significa que todos los niños y niñas aprendan juntos independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales, incluidos aquellos que presentan una discapacidad. Se trata de un modelo educativo donde la escuela no tiene requisitos de entrada ni mecanismos de selección o discriminación de ningún tipo.

Actualmente la atención educativa está basada en el enfoque inclusivo, la valoración de la diversidad como elemento enriquecedor del proceso de enseñanza-aprendizaje, y en consecuencia favorecedor del desarrollo humano, reconoce que lo que nos caracteriza a los seres humanos es precisamente el hecho de que somos distintos los unos a los otros y que por lo tanto, las diferencias no constituyen excepciones. Pero, a pesar de lo que se pretende desde este enfoque, la dificultad radica aún en la negación de ver al otro como igual.

El enfoque inclusivo también se demarca de manera implícita en la normativa vigente, sobre la atención de las personas con discapacidad, en la cual se destaca el derecho a la igualdad de oportunidades, que articulados a los componentes de derecho como lo son la disponibilidad (asequibilidad), el acceso (accesibilidad), permanencia (adaptabilidad), y calidad (aceptabilidad), determinan de manera concreta un trabajo educativo que requiere cambios desde diversos aspectos, tales como: lo normativo, educativo, social, cultural, e investigativo, entre otros.

Es evidente que la escuela no debe obviar y actuar como si todos los niños aprendieran de la misma forma, bajo las mismas condiciones y con la misma presteza, sino por el contrario, como afirma Duk (2000) debe desarrollar nuevas formas de enseñanza que tengan en cuenta y respondan a esa diversidad de características y necesidades que presentan los alumnos, llevando a la práctica los principios de una educación para todos y con todos.

Según el Decreto 2082 2 la atención educativa a las personas con Necesidades Educativas Especiales, se sustenta en los principios de integración social y educativa, desarrollo humano, oportunidad, equilibrio y de soporte especifico, que permiten comprender las diferencias del ser humano como una condición natural. Es así que las políticas denotan y promueven la importancia de entender la diferencia desde la igualdad y la equidad, exige la exposición de criterios valorativos, la reflexión, la reciprocidad y la deliberación como pautas para crear y recrear proyectos de convivencia que se comporten con respeto a los demás y establezcan acuerdos de relaciones libres, racionales y de bienestar colectivo.

2.4 REALIDAD DE LA ATENCIÓN EDUCATIVA DE LAS POBLACIONES CON DISCAPACIDAD EN COLOMBIA

Dado que las poblaciones con discapacidad son un grupo discriminado y marginado, el Estado ha logrado algunos avances significativos en lo que a la inclusión educativa se refiere, pero falta todavía camino por recorrer; los modelos, enfoques y tendencias propuestos para dar solución a la exclusión educativa de dichas poblaciones han evolucionado de manera evidente, pero no han sido suficientes para evitar la segregación. En los años 80 surge el enfoque clínico, fundamentado en una concepción del sujeto limitado, percibido como un ser con difíciles posibilidades de modificación, debido a sus deficiencias orgánicas. Este enfoque determinó una clasificación agrupando las poblaciones según sus características; se crearon las instituciones especializadas como el lugar donde pueden «aprender» con currículos especiales con un énfasis en la atención terapéutica, pues se considera que el problema es más de tipo patológico que educativo. En este sentido, se trata de una población marginada, destinada al aislamiento y a la sobreprotección, carente de voluntad y de la posibilidad de decidir su destino. Este enfoque no contribuyó a desarrollar procesos de inclusión puesto que clasificación llevo a medicar a los sujetos llevándolos a deterioros de salud evidentes. En esta medida, es una solución nada beneficiosa para los procesos educativos de los sujetos especiales. Este enfoque permaneció en acción hasta finales de los años 90.

El nuevo siglo llevó a repensar la educación para las poblaciones con discapacidad; el concepto de inclusión abrió la posibilidad de lograr una educación equitativa e igualitaria, se dio paso a la educación con enfoque inclusivo. Esta educación determina que los jóvenes y adultos, sin interesar sus condiciones personales, sociales, culturales, o aquellos que presentan cualquier problema de aprendizaje o discapacidad puedan aprender juntos sin requisitos de entrada, ni mecanismos de selección o discriminación de ningún tipo, con el objetivo de hacer efectivos los derechos a la educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación.

Paralelo al enfoque inclusivo nace el enfoque diferencial, enmarcado en los derechos humanos, se constituye como la base para la construcción de modelos educativos sin exclusiones que den respuesta a las distintas necesidades eliminando las barreras físicas, pedagógicas y actitudinales, y donde la diversidad es entendida como un elemento enriquecedor del proceso de enseñanza-aprendizaje, que favorece el desarrollo humano. Es una oportunidad para mejorar las condiciones de acceso y permanencia en el sistema educativo y la no discriminación. Sin embargo, la realidad de las poblaciones en el país es otra, ni los modelos, ni los enfoques propuestos han logrado disminuir la exclusión; las estadísticas expuestas en la introducción de este artículo lo ratifican.

No obstante lo anterior, como bien dice el adagio popular «lo último que se pierde son las esperanzas», en uno de los seminarios de educación desarrollados por el doctorado en bioética, se propuso leer La Idea de la Justicia (2010) de Amartya Sen. El autor plantea allí el enfoque de capacidades, este enfoque puede pensarse como una luz para entender de manera sencilla los principios de equidad e igualdad desde la perspectiva de reconocimiento del otro. Sen reconoce que entre los seres humanos existen infinidad de diferencias de género, raza, religión y cultura; esta concepción lleva a que los sistemas del Estado garanticen la igualdad de oportunidades para el acceso a todos los servicios, no solo por el hecho de ser ciudadanos, sino por su condición humana. El enfoque de capacidades particulariza en una justicia social distributiva, es una puesta global de oportunidades que promueven la equidad e igualdad para las personas menos favorecidas en diversos contextos, a pesar de que las preferencias humanas maleables, son adaptables a las expectativas y posibilidades.

El desarrollo de capacidades como proceso realza el paradigma del desarrollo humano que tiene como fundamento la ampliación de las opciones de las personas, aumentando sus capacidades humanas; se trata de un desarrollo por la gente, para la gente y con la gente, con responsabilidad hacia las generaciones futuras y en coexistencia con el medio ambiente. En este sentido, el enfoque de las capacidades se considera un cambio que optimiza la calidad de vida de las personas, un cambio por el mejoramiento en las relaciones entre los individuos, las comunidades, las clases sociales y los géneros, fundamentados en la igualdad y la equidad, ecológicamente sustentable, donde el desarrollo sea alcanzado por la gente.

Martha Nussbaum refuerza esta idea articulando el enfoque de capacidades a la dignidad como derecho. En su libro Las fronteras de la justicia (véase 2007, p. 274) la autora afirma que una buena ordenación pública y una cultura pública decente pueden mejorar la calidad de vida de una sociedad; al centrarse en las capacidades se llevaría a pensar en colectivo en las capacidades de la vida, la salud y la integridad corporal, entre otras necesidades a satisfacer.

Desde el enfoque de capacidades, las personas con discapacidad objetivarían su derecho a acceder a una educación de calidad a lo largo de toda la vida, de manera que se promueva su desarrollo integral, su independencia y su participación, en condiciones de igualdad, en los ámbitos público y privado, por lo tanto la persona con discapacidad seria un sujeto con derecho a la igualdad de oportunidades, sin discriminación alguna.

La inclusión educativa es vista desde la perspectiva de «los derechos» como un principio, como un criterio orientativo, moralmente importante, pero que no necesariamente compromete a sus destinatarios. Considera tres elementos:

La inclusión es un proceso: es decir, la inclusión ha de ser vista como una búsqueda constante de mejores maneras de responder a la diversidad del alumnado; se trata de aprender a vivir con la diferencia y a la vez de estudiar cómo podemos sacar partido a la diferencia.

La inclusión busca la presencia, la participación y el éxito de todos los estudian-

tes. Aquí, el término «presencia» está relacionado con el lugar donde son educados los niños, y con qué nivel de fiabilidad y puntualidad asisten a las clases. El término «participación» se refiere a la calidad de sus experiencias, mientras se encuentran en la escuela; por último, el término «éxito», tiene que ver con los resultados de «aprendizaje», con relación al currículo de cada país; no solo con los exámenes o con los resultados de las evaluaciones estandarizadas.

La inclusión precisa la identificación y la eliminación de barreras. Son las barreras las que impiden el ejercicio efectivo de los derechos, en este caso, a una educación inclusiva. (Echeita & Ainscow, s.f.)

La inclusión significa, entonces, atender con calidad, pertinencia y equidad las necesidades comunes y específicas que estas poblaciones requieren. Para lograrlo ha sido necesario que gradualmente el sistema educativo defina y aplique concepciones éticas que permitan considerar la inclusión como un asunto de derechos y de valores, lo que significa implementar estrategias de enseñanza flexibles e innovadoras, que abran el camino a una educación que reconoce estilos de aprendizaje y capacidades diferentes entre los estudiantes y que, en consonancia, ofrezca diferentes alternativas de acceso al conocimiento y evalúe diferentes niveles de competencia.

2.4.1 La inclusión educativa desde la equidad y la igualdad

En teoría equidad e Igualdad son dos principios estrechamente relacionados, pero distintos. La Equidad introduce al principio ético o de justicia en la igualdad, la equidad obliga a plantearnos los objetivos que debemos conseguir para avanzar hacia una sociedad más justa. Según Tunnermann (2002, p. 187) una sociedad que aplique la igualdad de manera absoluta será una sociedad injusta, ya que no tiene en cuenta las diferencias existentes entre personas y grupos. De ahí se infiere que al ser considerada la educación inclusiva como un derecho fundamental, se privilegia el reconocimiento de las necesidades comunes y específicas, la importancia de la diversidad sobre la homogeneidad de los estudiantes, de tal forma, que se garantiza la calidad y equidad de la atención educativa ofrecida por los establecimientos educativos.

La inclusión educativa desde la equidad y la igualdad, dirigida a las poblaciones con necesidades educativas especiales, ahora nombradas como poblaciones con habilidades diversas, se enmarca actualmente en tres enfoques políticos internacionales: enfoque de derechos, enfoque de educación para todos y enfoque de educación inclusiva. Estos orientan los procesos de inclusión de las mencionadas poblaciones, desde los componentes de derecho: accesibilidad, asequibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad.

1. El Enfoque de Derechos, entiende la educación como un derecho humano fundamental, que persigue generar una cultura de valoración de la diferencia y propiciar el reconocimiento del potencial que tienen las instituciones educativas como escenarios de encuentro y despliegue de la diversidad.

2. El enfoque de Educación para Todos (EPT), define la inclusión como el reconocimiento de la diversidad de los estudiantes, logrando «para toda la población el derecho a una educación de calidad, preocupándose especialmente de aquellos que, por diferentes causas, están excluidos o en riesgo de ser marginados» (Conferencia Internacional de Educación, s.f.).

3. El enfoque de Educación Inclusiva, comprende que todas las personas, incluidas aquellas con discapacidad, accedan y permanezcan en la escuela regular. De esta forma: «Un sistema educativo inclusivo es aquel que, por encima de cualquier otra característica, prohíbe las prácticas discriminatorias, promueve la valoración de la diferencia, acoge la pluralidad y garantiza la igualdad de oportunidades» (ONU, 2003).

Los enfoques y tendencias hace referencia a las corrientes que se han ido asumiendo frente a la formulación de marcos legales que direccionan y promueven acciones que respondan a la atención de los derechos de la población con discapacidad; en este sentido se asumen los enfoques como las miradas bajo las cuales se han ido consolidando instrumentos legales en aras de garantizar el respeto y la promoción de los derechos fundamentales de dicha población.

3. DISCUSIÓN

El sentido de lo humano no se consolidó bajo enfoque de la rehabilitación, en donde el panorama de la deficiencia empeoraba de manera generalizada, pues bajo esas condiciones, en las poblaciones en que se presentaban alteraciones físicas, cognitivas y sensoriales, los individuos se abstenían de participar en procesos educativos. Estas son las características de una primera fase de conceptualización, desde las normas, en donde las políticas enfatizan de manera puntual en la rehabilitación.

Ahora bien, el ejercicio de las políticas ha pasado del enfoque rehabilitatorio al del derecho fundamental a la igualdad, haciendo que las particularidades de los individuos sean vistas, no como impedimento, sino como oportunidades de reconocer otras cualidades, Se presentó así el primer fenómeno que se constituiría en la piedra angular del proceso educativo, iniciando un arduo debate entre los conceptos de integración e inclusión, siendo Este último concepto prevaleciente hasta este momento. Así se logró la participación, «que, aunque aún no es plena», da trascendencia e importancia al fenómeno y hace que se traslade a los ambientes, social, cultural y familiar.

En consecuencia, ha aumentado el grado de participación, aunque no es total, porque los pocos que logran permanecer en el sistema lo han hecho por compromiso mutuo entre la sociedad y el papel de la escuela hoy.

En el país se realizó el mismo recorrido, buscando generar las modalidades educativas, pertinentes, que rondaron desde la rehabilitación, hasta involucrarlos al aula. Las políticas educativas buscaban garantizar el derecho desde la accesibilidad a los programas, hasta las estrategias que favorecieran el reconocimiento y participación de los individuos.

Es así como se ha llegado a las políticas de inclusión en educación, las cuales propenden por la articulación de escenarios para favorecer el ingreso, la permanencia y egreso de toda la población. Por ello, el marco legal plantea la necesidad de generar alternativas de acceso a la educación frente a procesos de actualización del Proyecto Educativo Institucional favoreciendo de esta manera las prácticas inclusivas.

Actualmente los procesos de inclusión han trascendido hasta generar políticas públicas que retoman las necesidades actuales de la población para garantizar su participación. A tal punto que el concepto de inclusión se está transformando a pluralidad.

Existen retos y desafíos para la atención educativa desde los principios de Equidad e Igualdad, ubicando al maestro como actor esencial en el proceso de inclusión, el tema de discapacidad no hace parte de los pensum, en gran parte de las instituciones formadoras de futuros docentes. Las buenas intenciones no son suficientes cuando el maestro tiene que vivir la realidad diaria del niño que no le entiende, que necesita apoyos y además tiene cuarenta niños más en el aula para atender. El resultado de esta situación es que el maestro claudica o evita el compromiso de vincular niños o jóvenes con discapacidad.

La Fundación Saldarriaga Concha es una entidad que ha venido desarrollando propuestas educativas para orientar a los maestros que tienen en sus aulas poblaciones con alguna discapacidad, afirma que no todos los maestros pueden asumir el reto, porque no todos los retos son de la misma categoría, cada niño es un caso diferente y las metodologías en la escuela son rígidas. Un estudio realizado por dicha fundación acerca de la percepción sobre los docentes, el 30,9% del total de las personas que asisten a establecimientos educativos declaran que los docentes no atienden adecuadamente sus necesidades educativas especiales. Estos resultados son producto de la debilidad que tienen los currículos en la formación de los futuros profesionales de la enseñanza.

Reflexionar sobre los múltiples factores relacionados con el ser y el quehacer de los maestros en la sociedad actual, en el contenido mismo de las propuestas sobre formación de maestros se suele enfatizar más o menos en los mismos aspectos, lugares comunes que buscan crear consensos: se requiere un maestro capaz de actuar en diferentes espacios, territorialidades y culturas (anfibio cultural), aquel que por donde quiera que pase siembre conocimiento y autocomprensión, entendimiento y fertilidad comunicativa; que cuando no esté enseñando esté aprendiendo (el maestro invisible); un maestro que logre forjar acuerdos mediante la acción comunicativa y el discurso argumentativo en aras de favorecer las formas de comunicación propias de la cultura académica (intelectual de la educación).

Pero, ante el inminente modelo mercantilista que reviste la educación y por ende al ser humano, las instituciones y centros educativos tienen, por lo tanto, un papel protagónico en la evolución social del ser humano; esto lleva a plantear y replantearse permanentemente su proyección en lo cotidiano, para que responda a las necesidades del momento social, político y cultural que le toca vivir; imaginar nuevos enfoques, programas, proyectos y estrategias que den respuestas a las demandas de las personas con necesidades educativas especiales.

Las instituciones y centros educativos deben tener una actitud humanista caracterizada por brindar una educación en y para la diversidad, reconociendo las diferencias, y así mismo, desarrollando criterios de igualdad de oportunidades para todos. De igual manera debe suscitar las condiciones para que la libertad, el respeto, la convivencia y la solidaridad sean los pilares de la formación del sujeto, para crear mecanismos de apoyo interinstitucional como una responsabilidad compartida.

Al lado de ello, se propende por recuperar a un sujeto multidimensional. Al respecto se plantean tres dimensiones:

a) La Dimensión corporal, desde el ser, analizando variables relacionadas con las particularidades de las personas, lo corporal y los factores personales: las deficiencias en sus estructuras o funciones corporales, y se complementa con información sobre las causas de la discapacidad y algunas características demográficas (sexo, edad, etnia, entre otras). La respuesta desde lo territorial a las necesidades identificadas en esta dimensión, comprende planes, programas, o proyectos dentro del componente de «Promoción de espacios protectores y Prevención de la discapacidad», este componente se relaciona estrechamente con la ejecución del Plan Nacional de Salud Pública. b) La Dimensión individual, desde el hacer, desde las actividades y la participación, en las limitaciones y las restricciones que las personas registradas reportan al momento de realizar sus actividades de la vida diaria, en sus habilidades y destrezas, en su capacidad de desempeño y participación en espacios vitales y en sus roles, y c) La Dimensión social, desde el estar y el tener, con la identificación de los factores del entorno (factores contextuales) que afectan esa participación en espacios de vital importancia, en el juego de roles, en su realización como ser humano, y como ciudadano, en el pleno disfrute de sus derechos, en el acceso a bienes y servicios en las mismas condiciones que los demás. Con la información del Registro se analizan las condiciones de la vivienda: el estrato, la disponibilidad o no de servicios públicos, el acceso al agua potable, el tipo y forma de tenencia de la vivienda. Finalmente, se muestran los resultados de las variables del Registro relacionadas con algunas condiciones sociales que restringen la participación. (Fundación Saldarriaga Concha, 2012)

Las investigaciones que se han desarrollado acerca del tema enfatizan en la eliminación de barreras para la participación, en concordancia con el enfoque de derechos, lo cual permite reconocer avances significativos en términos de resignificar el enfoque de inclusión como un proceso que no es exclusivo para las personas con necesidades educativas especiales, por el contrario, es un proceso que depende de la comunidad, dado que es en este escenario cotidiano donde se encuentran las barreras para la participación, y desde el enfoque de derechos todos somos participes y corresponsables en la minimización de las mismas.

Un desafío importante en el marco de la accesibilidad en la atención educativa de la población con necesidades educativas especiales es indiscutiblemente el factor de corresponsabilidad. Sin lugar a dudas, tanto la normatividad, como las investigaciones y experiencias guardan entre sí un aspecto en común, que es la eliminación de barreras para la participación, tal como se mencionó inicialmente. Para alcanzar este objetivo, es imperativo lograr la vinculación de la comunidad mediante la sensibilización frente a la participación de todos, sin distinción alguna, la movilización de las entidades prestadoras de servicios educativos, asociaciones de personas con necesidades educativas especiales, ONG, grupos de padres de familia, asociaciones en pro de la defensa de los derechos humanos, en torno al cumplimiento de la normatividad; la propuesta de alternativas para la accesibilidad, participación en foros públicos, políticos desde los cuales se logren trasformaciones pertinentes y de calidad.

4. CONCLUSIONES

Se debe reconocer el enfoque de libertades fundamentales, en el marco de los derechos humanos, este conlleva a que se instaure como eje prioritario la igualdad en los espacios de participación, formación y convivencia.

El enfoque de derechos ha llegado a consolidarse como la necesidad de lograr eliminar cualquier tipo de discriminación para así responder a la igualdad y equiparación de oportunidades que garanticen las igualdades en el trato, reconociendo las particularidades del ser humano desde las condiciones de cultura, raza, género y condición, para lograr la plenitud de su desarrollo.

El enfoque de derechos como propuesta para la atención educativa para la población con Necesidades Educativas Especiales (NEE), propone una visión integral del sujeto, buscando potenciar su participación. Esta apuesta desde el enfoque de derechos, entiende la educación como un derecho humano fundamental que persigue, generar una cultura de valoración de la diferencia y propiciar el reconocimiento del potencial que tiene, para las instituciones educativas, ser escenarios de encuentro y despliegue de la diversidad.

El reto desde enfoque de derechos para las instituciones y para los procesos de investigación, es definir desde qué postura se reconoce y se identifica a la población con discapacidad, dado que se constituye en el primer paso para orientar los servicios de apoyo educativo y las estrategias de atención.

El principal desafío en la atención educativa (oferta) es: consolidar propuestas pedagógicas que guarden los principios del enfoque de derechos, garanticen el acceso, la permanencia y promoción, y que así mismo, proporcionen estrategias de flexibilización curricular, atendiendo a las necesidades de aprendizaje y apoyos requeridos a partir del seguimiento y evaluación del proceso.

Otro importante desafío lo constituye la atención en el aula regular, dado que las instituciones educativas requieren apoyo en infraestructura, acompañamiento y asesoría frente al desarrollo del proceso de inclusión educativa y la oportunidad de dejar capacidad instalada en términos de capacitación, rutas de atención además de procedimientos y gestiones articulados con entidades que ofrezcan apoyos.

Es relevante determinar una cultura inclusiva que dialogue de manera real con el panorama de participación desde el enfoque de igualdad de oportunidades, con el fin de desarrollar programas de atención educativa, acordes a las necesidades de los educandos con discapacidad.

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Notas

1 ALCARCEL, Amelia. Sexo y filosofía: sobre mujer y poder. Barcelona: Horas y horas, p. 127. Citada por MAR., Defez. Cómo la vida misma. En revista Latinoamericana de estudio familiares, Vol 2, enero-diciembre 2010, pp.98-116,

2 El Decreto 2082 de noviembre 20 de 1996, reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.

Notas de autor

* Artículo de reflexión. Este artículo es parte del proceso de formación doctoral. Tutores Constanza Ovalle Gómez. Ph.D. y Sergio de Zubiría Samper, Ph.D. Profesores investigadores del Doctorado en Bioética de la Universidad El Bosque, Bogotá.

** Licenciada en Educación Especial. Especialista en Gestión de proyectos educativos institucionales. Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Especialista en Pedagogía y Docencia Universitaria. Universidad de San Buenaventura. Magister en Desarrollo Educativo y Social. Universidad Pedagógica Nacional. Directora de Investigación. Corporación Universitaria Minuto de Dios. UNIMINUTO Virtual y a Distancia. BogotáColombia.

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