Universidad El Bosque · Revista Colombiana de Bioética · Vol. 12 Nº 2 · Julio – Diciembre de 2017 ISSN: 1900-6896 ISSN en línea: 2590-9452

 

Artículo de reflexión

 

REFLEXIÓN SOBRE LA DIGNIDAD DEL NIÑO Y NIÑA*

Reflection on the Dignity of the Boy and the Girl

Reflexão sobre a dignidade da criança e da menina


Esperanza Del Niño Jesús Cabrera Díaz**

esperanza.cabrera@usco.edu.co

Universidad Surcolombiana, Neiva, Huila, Colombia

Artículo recibido: Abril 10 de 2017

Artículo aceptado:Mayo 31 de 2017

 

La Revista Colombiana de Bioética se rige bajo la Licencia Creative Commons BY-NC 4.0 Internacional

Resumen

El presente artículo de reflexión es producto de la revisión de la tesis de grado del doctorado titulada “dilemas Bioéticos en las prácticas discursivas de psicoterapeutas que atienden el maltrato infantil”, y realiza una deliberación sobre la dignidad de niños y niñas. Parte de los conceptos de dignidad propios de Grecia y Roma, donde la dignidad es propia del varón por origen aristocrático, o dada por el desempeño en un cargo público. En este ambiente, el concepto de dignidad es impensable para los niños y niñas. Este concepto surge simultáneamente con el de pater familiae, en el mismo contexto. Para el pater familiae, el niño o niña es un objeto-propiedad del adulto, sin reconocimiento como ser humano con dignidad y respeto. Es un niño o niña subordinado al adulto, sin voz, sin posibilidad alguna de tomar decisiones o de ser considerado un ser humano. Este acervo cultural sobre dignidad y de niño o niña, históricamente permea la cultura occidental y llega hasta nuestros días. Por lo anterior, se plantea la necesidad de reflexionar sobre la dignidad del niño o niña, transformar la cultura para que el niño o niña sea considerado un ser digno, perteneciente a la especie humana, con igual dignidad a la del adulto. Desde la Bioética, este cambio conceptual sobre lo que es un niño o niña, lleva a la expresión cotidiana de valorar, respetar, dignificar al niño o niña, a través de la escucha, el diálogo, el consenso, el acuerdo, la participación activa en toda decisión que le compete.

Palabras clave: dignidad, niño, niña, pater familiae

Abstract

This paper is the result of the revision of the Doctoral Thesis entitled “Bioethical Dilemmas in the discursive practices of psychotherapist treating child abuse”, and does a deliberation on the dignity of boys and girls. It takes as starting points the notions of dignity from Ancient Greece and Rome, where dignity is limited to aristocratic male adults, or given by performance in public function. In this environment, the concept of dignity is unthinkable for boys and girls. Such a concept arises simultaneously as the concept of pater familiae, in the same context. For the pater familiae, the boy or girl is an object-property, without any recognition of dignity or respect. They are subordinated to the adult, without a voice, without any possibility of making decisions or of being considered a human being. This cultural background about boys and girls survives to our time and permeates western culture. Therefore, I propose the need for reflecting on the dignity of boys and girls, transforming the culture so that they are considered dignified beings, belonging to the human species, equal in dignity to adults. From the viewpoint of Bioethics, such a conceptual change about what boys and girls are leads to the day-to-day expression of valuing, respecting, dignifying the child through listening, dialogue, consensus, agreement, and active participation in the decisions that affect them.

Key-words: dignity, boy, girl, pater familiae

Resumo

Este artigo de reflexão é o produto da revisão da tese de doutorado intitulada "Dilemas bioéticos nas práticas discursivas dos psicoterapeutas que abordam o abuso infantil" e faz uma deliberação sobre a dignidade das crianças. Parte dos conceitos de dignidade da Grécia e de Roma, onde a dignidade é própria do homem por origem aristocrática ou dada pela atuação no cargo público. Nesse ambiente, o conceito de dignidade é impensável para as crianças. Este conceito surge simultaneamente com o de pater familiae, no mesmo contexto. Para o pater familiase, o menino ou a garota é um objeto-propriedade do adulto, sem reconhecimento como ser humano com dignidade e respeito. É um menino ou uma menina subordinada ao adulto, sem voz, sem qualquer possibilidade de tomar decisões ou ser considerado um ser humano. Esta herança cultural da dignidade e de um menino ou menina historicamente permeia a cultura ocidental e continua até hoje. Portanto, a necessidade de refletir sobre a dignidade da criança ou da menina, transforma a cultura para que a criança seja considerada um ser digno, pertencente à espécie humana, com igual dignidade para o adulto. Da Bioética, esta mudança conceitual sobre o que é uma criança, leva à expressão diária de valorizar, respeitar e dignificar a criança, através da escuta, diálogo, consenso, acordo, participação ativa em qualquer decisão que caia dentro.

Palavras-chave: dignidade, criança, pater familiae

Introducción

 

El artículo de reflexión es fruto de la tesis de grado “Dilemas Bioéticos en las prácticas discursivas de psicoterapeutas que atienden el maltrato infantil”, realizada para obtener el título de doctora en Bioética. El objetivo propuesto fue: reflexionar sobre el concepto de dignidad atribuido a niños y niñas. Para esto se analizó el concepto originario de dignidad tanto en Grecia como en la antigua Roma. En esta última, se atribuye dignidad al varón por su origen aristocrático, o porque se lo ha ganado con el desempeño en un cargo público. La dignidad exige un modo moral determinado de comportarse y actuar frente a los demás.

El origen del concepto de dignidad es paralelo al de pater familiae (padre de familia). Es el pater familiae quien, de por sí, tiene dignidad. Por tanto, los niños y niñas carecen de ella y están subordinados al poder del adulto. Frente al adulto, son un objeto-cosa propiedad del adulto.

Este concepto forma parte del acervo cultural recibido en la cultura occidental, presente aún en nuestros días. Por esto, se requiere transformar la cultura, propiciar su evolución y resignificar el concepto de dignidad para niños y niñas por el simple hecho de pertenecer al género humano. Esto implica respetar al niño y niña, considerarlos como actores sociales activos y participativos, interlocutores válidos con quienes se puede dialogar para llegar a acuerdos o consensos y acompañarles en el recorrido de su infancia, para permitir el desarrollo humano y moral.

1.    METODOLOGÍA

 

Para realizar el artículo de reflexión, en primera instancia se releyó la tesis de grado, se elaboró un mapa conceptual con los términos relacionados con dignidad del niño y niña; con base en dicho mapa conceptual, se acudió a artículos, libros o fuentes primarias, profundizando en los términos definidos en el mapa conceptual. Con base en ellos, se buscó en la Web la conceptualización sobre dichos términos, se elaboró una ficha bibliográfica sobre cada uno de ellos y, de acuerdo a lo propuesto en el mapa conceptual, se construyó el presente artículo.

 

2.    RESULTADOS

 

2.1  El concepto originario de dignidad

 

El término “dignidad” proviene del latín dignitas, derivada de dignus, vocablo que hace referencia a posición de prestigio o decoro. Equivale al vocablo griego axios o digno, valioso, apreciado, precioso, merecedor.

En Grecia, áxios es equivalente al término latino dignitas, en el sentido de dignidad, valor, prestigio, aunque no corresponde exactamente a la dignitas romana. En Grecia, el honor (timé) es la palabra que está más cerca de dignitas (Chuaqui, 2000). Timé se relaciona con el vencedor en un torneo deportivo, con el poeta o con el sabio. Áxios, digno o con valor, se asocia con el prestigio de los políticos.

En la antigua Roma, dignitas está asociado a una forma de vida, esencialmente a la vida política, marcada con un fuerte carácter moral (Chuaqui, 2000). El hombre público romano lucha por su dignidad, todas sus acciones se dirigen al cuidado de la dignidad. La condición principal para adquirir dignidad es la acción política, la pertenencia al Senado y la integridad moral. La posición social, como pertenecer a la nobleza romana, el tener entre los antepasados héroes troyanos, reyes o dioses, confiere brillo a la dignidad. La posición política o social es distintiva del carácter aristocrático de la sociedad romana. El concepto dignitas depende de la filiación, origen, posición social o cargo político. Se tiene por pertenencia a un determinado grupo social, o por el desempeño de determinadas funciones públicas. A su vez, exige un comportamiento público y moral intachable acorde con el reconocimiento social que se le otorga (véase Martínez, 2013).

En su etimología se relaciona con un verbo, con una acción de formar o aceptación (Diccionario etimológico, 2014). En griego, dokein significa opinar, la palabra griega dokos se refiere a viga, y la palabra como verbo alude a aceptar. En latín se asocia con dicet, o ser apropiado, docere o enseñar y discere; el discípulo que aprende y recibe disciplina. En Roma pre-imperial la dignidad era un concepto que se conquistaba individualmente. La dignidad romana era un logro personal, una forma de vida que daba derecho a un poder y conllevaba un deber a ser moralmente intachable (véase Cuellar 2010. p. 271.). Marco Tulio Cicerón fundamentaba la dignidad humana exponiendo que la vida digna debía apoyarse en el dominio de sí mismo, el abandono de toda liviandad y del actuar impulsivo, lo cual para nuestra especie se adquiere en la niñez con el apoyo de los mayores (Cicerón, 1989. p. 250.).

Dignidad en Roma es un concepto antiguo, asociado a ser ciudadano, propia de los varones de la nobleza por posición social (Pelè, 2006. p. 69.). Esta posición conlleva la posibilidad de tomar decisiones, ser autónomos, tener capacidad moral. La concepción de dignidad en su origen se basó en el aprecio y el reconocimiento social hacia el individuo por la posición social que ocupaba. Por esto, cada sujeto nacía con dignidad distinta y desigual, dependiendo del grupo social al cual pertenecía o el desempeño que tenía en determinadas funciones públicas (Luther, 2007. p. 299.). El origen de la palabra dignidad está asociado a la del hombre adulto libre, que se gobierna a sí mismo, autónomo, que no está bajo el dictado de otro. Este hombre adulto practica un determinado estilo de vida y la conquista individualmente.

Ciertas formas de vida como la de las mujeres, los esclavos y los niños y niñas son incompatibles con el concepto de dignidad, porque la dignidad forma parte de la naturaleza humana en la que participa la autonomía y la razón (Martínez, pp. 39-67.). Por tanto, quienes no tienen autonomía y no pueden tomar decisiones, no son considerados como seres con dignidad. Desde este ángulo, el concepto de dignidad no se aplica al niño o niña, y no podrían tenerla.

Histórica y culturalmente el niño o niña se conceptualiza como un objeto-propiedad del padre, quien dispone de ellos de acuerdo a sus deseos. En los pueblos primitivos y en las primeras civilizaciones, se considera al hijo o hija como posesión o propiedad del padre. El infanticidio se practicó en niños o niñas con defectos congénitos, por ser fruto de uniones ilícitas, en hijos de madres solteras y prostitutas, en las niñas porque no tenían gran acogida en las sociedades altamente militares y agrícolas.

En distintas culturas, como la griega, la romana, la antigua palestina, la india, la china, la japonesa, o incluso ente Mayas y Aztecas, el niño o niña se convierte en objeto para satisfacer los deseos del padre: ofrecer un culto a los dioses, fortalecer las murallas al colocarlo en los cimientos o en los muros, ejercer el control prenatal con las niñas al arrojarlas a los animales salvajes, venderlas como esclavas o para la prostitución.

Este recorrido histórico permite ver en el acervo cultural de distintas culturas cómo el niño o niña tradicionalmente ha sido conceptualizado como un objeto-propiedad esencialmente del padre, quien puede disponer de ellos de acuerdo a sus deseos o necesidades.

En Grecia, se encuentran varios mitos donde los niños y niñas son maltratados por sus padres (Mitología griega, 2010). En Grecia y en Roma el pater familiae recibía al recién nacido y decidía si lo aceptaba o rechazaba dejándolo fuera de su casa. Así, el recién nacido abandonado en un basurero público o en algún domicilio, podía morir o era recogido por un tratante de esclavos para venderlo posteriormente. Estos niños expuestos rara vez sobrevivían.

En Roma, el hijo o hija debía dirigirse al padre como “Señor” (Dómine) y mantenía con él gran distancia. Independientemente de la edad del hijo, éste permanecía bajo la autoridad del padre y no era ciudadano romano con todos los derechos, es decir pater familiae, hasta el fallecimiento del padre. El padre podía disponer de la herencia, de los derechos y de la vida de sus hijos, y toda decisión que fuera a tomar el hijo debía pasar por el consentimiento paterno.

El pater familiae de los padres se estableció en el derecho romano como patria potestas, o poder de los padres sobre sus hijos e hijas. La única preocupación del padre era continuar con su nombre una vez que él falleciera. Por esto, los varones tenían una posición privilegiada, mientras que las mujeres eran “objetos en estado de sometimiento” y podían llegar a ser rechazadas.

En síntesis, el pater familiae romano tiene poder omnipotente y absoluto sobre todos los miembros de la familia, sobre sus bienes, sobre su propia vida. El padre tiene un poder omnipotente en su familia durante toda su vida. El niño o niña es un objeto-propiedad del padre, sobre el que se ejerce la patria potestad.

Este saber cultural del pater familiae se expresa todavía hoy como poder omnipotente y absoluto del padre, pues se ha recibido como acervo cultural y se formula a través de la patria potestad, o derecho legítimo del padre para ejercer su poder sobre los hijos.

En la Roma antigua, el origen del concepto dignitas es contemporáneo con el de pater familiae. El pater familiae como ciudadano, posee dignidad.

 

2.2  Resignificar la dignidad para el niño o niña es integrarlos al género humano

 

Al revisar el origen de la palabra niño no se encuentra una claridad sobre su etimología, esta expresa que pudo ser la forma familiar de puer, puella o infans (Casa del libro, 2014). Puer se refería al niño en general. Los lexicólogos proponen la palabra ninus o ninnus del bajo latín como origen común de esta palabra, que tarda en pasar del lenguaje hablado al escrito. Esto se explica al asignarle a esta palabra un origen infantil con el sentido de una persona que en su pupila refleja la imagen de otra que le vigila muy de cerca.

Adicionalmente, la palabra infancia proviene del latín infans-ntis, se forma con el prefijo in y el verbo hablar: en latín fary, es expresión del participio presente fante, que significaba “no hablante”, o bebé que aún no habla, un lactante (Diccionario etimológico, 2014). El término se emplea para designar desde el momento del nacimiento hasta los siete años, o periodo en que el niño o niña permanece en casa al cuidado de la madre. Se aplica a aquel que carece de expresión pública aunque sea capaz de hablar.

Por tanto, ambos términos, “niño” e “infancia” hacen referencia a aquel que está subordinado al poder del adulto, sin criterio, no hablante, sin razón y con poca reflexión, sin posibilidad de expresión pública.

Los orígenes de las palabras “niño” e “infante”, están relacionados con el concepto del pater familiae y patria potestas donde el niño o niña es objeto-propiedad del padre, y con el concepto de dignitas, donde el niño o niña carece de dignidad, está sometido al adulto, no posee la posibilidad de tomar sus propias decisiones y ser autónomo. Estos conceptos primigenios y simultáneos, se encuentran relacionados íntimamente entre sí. A su vez, han permeado la cultura occidental desde sus orígenes hasta hoy día, se sigue considerando al niño o niña propiedad del padre, bajo la patria potestad de sus progenitores, objeto–propiedad del adulto, sin expresión y sin conceptualización alguna sobre el concepto de dignidad del niño o niña. Este concepto cultural tradicional se continúa históricamente, para el que los niños y niñas no existen, no tienen espacio en la historia, carecen de dignidad, son objeto-cosa-propiedad del adulto que los controla, decide por ellos y regula totalmente su vida. Son las prácticas de poder absoluto del adulto sobre el niño y niña que históricamente continúan hasta hoy día.

El concepto de dignidad originalmente era impensable para el niño o niña porque está subordinado al poder del adulto, sin racionalidad, sin autonomía, sin poder tomar decisiones. Se ha heredado como parte del acervo cultural, sobre el que no se reflexiona al ser pasado de una a otra generación; simplemente se asume y se crea una realidad: el niño o niña carece de dignidad, está sometido al adulto como objeto–cosa de su propiedad. Esto es una muestra del vacío histórico de la reflexión ética sobre el niño o niña.

Con base en lo anterior, históricamente el niño como ser humano no ha existido, no se le ha conceptualizado como perteneciente al género humano. Hay un gran vacío frente a la preocupación sobre el niño o niña desde diversas disciplinas. El saber humano se ha focalizado esencialmente hacia los adultos varones. Este vacío de reflexión sobre niños y niñas se observa en la escasez de artículos que reflexionen sobre la dignidad del niño o niña, sobre la preocupación ética del trato dado históricamente a niños y niñas.

Por esto, es necesario resignificar la palabra dignidad en el contexto de la infancia, del ser humano de corta edad, que aún no ha llegado a la adultez, al que se le reconoce la condición humana, con igual dignidad a la del adulto, por el simple hecho de pertenecer al género humano y ser valioso en sí mismo, ontológicamente. Así, la dignidad humana se resignifica como valor inherente y propio de todo ser humano (Diccionario Latinoamericano De Bioética 2008. p. 277).

La Convención de los Derechos del Niño propone un poder horizontal, que otorga el reconocimiento a niños y niñas como pertenecientes al género humano. Pero, igualmente por ser un saber muy reciente, restringido a un círculo pequeño, no ha logrado permear la cultura, ni transformarla. Lo que se revela espontáneamente es la cultura con el ejercicio de poder tradicional sobre el niño o niña como objeto-propiedad del adulto, carente de dignidad alguna.

La Convención de los Derechos del niño, se concreta desde la Ley, desde concebir el niño o niña como sujeto de derechos. Así, la Ley pasa a ser considerada parámetro ético para la práctica de los derechos de niños y niñas. No obstante, este nuevo saber no pasa de ser una buena intención, porque el poder del adulto sobre el niño o niña se ejerce en la cultura a partir de la visión histórica tradicional, que legitima el conceptualizar al niño o niña. La cultura legitima este trato que corre paralelo a la Convención, y se mete en ella, la permea, porque quienes ejercen la ley son hijos de esta cultura. Así, se practica una ley ilegítima, incoherente y amoral para los niños y niñas. Como expresa Pfeiffer, “la legalidad está condicionada por la legitimidad” (Pfeiffer, 2008. p. 125).

Por tanto, afirmar la dignidad del niño o niña por la dimensión ontológica que poseen, reconocer que por el hecho de pertenecer al género humano poseen dignidad y tienen personeidad, va más allá de la Ley (Ballesteros,1989. p. 195; Spearmann, 2000, pp. 227-236; Mclean, 2008. pp. 209-219; Tealdi, pp. 274-277). “Es la forma misma de ser de todos aquellos que mantienen una vinculación genealógica con la familia humana” (Soberanes, 2008). Es la singularidad única, la particularidad irrepetible e insustituible propia de cada ser humano que se expresa en cada niño o niña, es el valor intrínseco e irreductible de cada uno, en tanto que persona.

Para Cortina, el proceso de humanidad significa potenciar a los seres que son valiosos en sí mismos, a los que se les reconoce dignidad y respeto (Cortina, 2012):

Encontramos aquí la expresión “digno” como lo que merece un tipo de trato: ahora lo digno es lo que merece ser respetado y ayudado, de forma que cualquier aparente valor que vaya en contra de una persona dejará de poder ser considerado como tal. (p. 325-326.).

Al deshumanizar al niño o niña, son considerados un instrumento, un objeto–propiedad del adulto, y el niño o niña es sometido a intercambios porque carece de valor en sí mismo. La deshumanización se da cuando la persona es instrumentalizada por otra persona.

Para el caso de nuestra especie como seres valiosos en sí mismos, al potenciarse y desarrollar todas sus capacidades, y dignificarse, se humaniza. El valor del ser humano radica en nosotros mismos, es un valor absoluto que no lo podemos perder, que se afianza desde la niñez.

Outomuro propone como indispensable la convicción de todo adulto sobre el respeto que merecen los niños y niñas y la dignidad que poseen como seres humanos (Outomuro, 2003. p. 232). Es la convicción lo que legitima el trato que merecen los niños y niñas: es legítimo tratar a los niños como iguales, con dignidad y respeto. La convicción sobre la dignidad que posee el niño o niña, su participación como una meta en sí misma, el derecho de intervenir e involucrarse en toda decisión que afecte su vida y su calidad, que se le reconoce no como sujetos de derechos, sino como actor social en su propia vida y en la sociedad, son indispensables para una evolución de la cultura.

Para dejar atrás el acervo histórico cultural de los niños sin dignidad, objeto–propiedad del adulto, la cultura debe evolucionar, debe lograr estadios superiores como producto de la evolución del género humano por un proceso lento y complejo de moralización cuyos valores morales sean universales (véase Kant, 1980; 1991.). Es indispensable la evolución de la cultura para lograr la dignidad del niño o niña igual a la del adulto (véase Silva, 2002.). Esta evoluciona cuando toma conciencia social de protección y cuidado a los débiles, cuando forma a sus ciudadanos no sólo en el respeto de los Derechos Humanos, sino en la dignidad, responsabilidad, valor, libertad, respeto y participación para sí mismo y para el otro (Martín, 2013). Esta evoluciona cuando todo ser humano desarrolla plenamente sus capacidades y potencialidades, cuando en su vida cotidiana, en la práctica del quehacer diario vive digna, autónoma y libremente (Silva, 2002).

La evolución de la cultura debe alcanzar lo que proponen Hottois (2007. p.57.), Cortina (2000, pp. 133-134) y Polit (2004. p. 8.), es el niño o niña que existe, que es digno, merecedor de respeto, actor social, activo, participativo, que merece ser feliz, que debe crecer rodeado de amor, con–vivir con amor, con afecto, ternura, paz. Esta postura, reconoce al niño o niña como diferente al adulto, como interlocutor válido con quien establece relaciones de alteridad, a quien se acompaña en el recorrido de su infancia. Piensa al niño o niña con dignidad en igual condición del adulto. De acuerdo con Cortina, este concepto hace efectivo el progreso moral de todo niño o niña y es indispensable para un desarrollo humano y normal (Cortina, 2000 p. 133-134.).

Para lograr la transformación de la cultura se requiere educar a niños y niñas, a las familias, a toda persona y todo profesional en estos temas, desde la Bioética, educar sobre dignidad, valor de la persona, del niño y niña, per se, por el simple hecho de pertenecer al género humano, por ser un ser humano. Implica construir un nuevo saber cultural sobre la familia, con relaciones horizontales, participativas, afectivas, dialógicas, en donde el poder se ejerza para potenciar a todos los miembros que la componen, de forma que las prácticas de poder permitan desarrollar a cada miembro de la familia. Esa transformación de la familia implica acceder a la diferencia, reconocer a cada miembro de la familia como persona en distintas edades evolutivas, cada una merecedora de dignidad y respeto (Unicef, 2008. p. 7).

La transformación de la cultura involucra constituir una cultura en donde el adulto imagine al niño y niña en la práctica cotidiana como actor social, que reflexione lo que significa la dignidad en lo cotidiano, la práctica de la dignidad con niños y niñas, los valores que conlleva la dignidad: libertad, respeto, participación, calidad de vida. El respeto de la dignidad hacia el niño o niña posibilita para todo ser humano, independientemente de su edad, el desarrollo humano y ético.

Algunas orientaciones para el ejercicio del poder con el mínimo de dominación posible las establece Cortina, cuando el adulto frente al niño o niña le concibe como persona con dignidad, diferente al adulto, a quien se le reconoce capacidad de lenguaje, de expresión con sentido acorde con su edad evolutiva, producto de una conducta inteligente, con quien se dialoga, se escucha, se llega a un acuerdo o consenso entre todas las personas involucradas (Cortina, 2012 p. 29). De acuerdo con Cortina, este nuevo poder adulto–niño se establece con una comunicación simétrica, horizontal ante las decisiones y las oportunidades de elegir y de comunicar y se garantiza que los roles de diálogo sean intercambiables (Cortina, 2012, p. 29).

Escuchar al niño, creer lo que expresa, hacerle participar en toda decisión que le incumbe, brindarle un trato respetuoso y digno es enseñarle su dignidad, el valor que él mismo posee, respetarle como persona (Ulriksen De Viñar, 2011. p. 4; 9). La dignidad se aprende, se transmite, se enseña a través del trato que ofrece el adulto al niño, esencialmente el trato que brinda la madre en primera instancia, luego el padre, a sus hijos. La experiencia del niño o niña de ser escuchado y comprendido, de ser tenido en cuenta, le hace experimentar que es dignificado, valorado, respetado.

El poder del adulto frente al niño o niña es asimétrico. El respeto hacia su dignidad se emplea para lograr con el niño o niña lo que Pfeiffer denomina “persona merecedora de dignidad”, es el ejercicio del poder legítimo y ético para reconocerle su dignidad y lograr la autonomía progresiva del niño o niña (Pfeiffer, 2008). Es obtener lo que Hoffman establece como socialización moral, a partir de la actitud empática del adulto hacia el niño o niña, se da origen a la moralidad, al juicio moral en el niño o niña porque ha experimentado la escucha, la igualdad, su dignidad (Hoffman, 2001. p. 71-89).

Este poder asimétrico del adulto hacia el niño o niña debe estar sustentado en la Ética de la dignidad que propicia un progreso moral y desarrolla el proyecto de humanidad para devolver la voz al niño o niña y así, lo humaniza. Es la Ética basada en el reconocimiento de la dignidad inherente al niño o niña, es la Ética de la responsabilidad con las generaciones de niños y niñas presentes y futuros.

La Ética de la dignidad humana crea una ruptura frente al acervo histórico cultural y frente a la Convención o la ley, crea un nuevo imaginario sobre el niño o niña, como perteneciente al género humano, lo humaniza, lo dignifica.

3.    Conclusión

 

El acervo cultural de concebir al niño o niña carente de dignidad históricamente permea la cultura y llega a nuestros días. Gracia Guillen reconoce que hay numerosos problemas bioéticos en la infancia con evidentes consecuencias éticas que se deben estudiar (García, 2012). Registra que el niño siempre ha sido un problema ético para la sociedad y que se requiere mayor investigación.

Reconocer la dignidad del niño o niña es incluirlo dentro de la historia, dentro del género humano, recobrar su papel histórico, considerarlo parte de la familia humana y propiciar su humanidad.

Es tarea de la Bioética volver su mirada al niño o niña, reflexionar sobre cómo imaginarlos seres dignos y concretar esto en la práctica de la vida cotidiana. Esta reflexión constituye un aporte más para la transformación de la cultura.

Referencias

 

 

Ballesteros, J. (1989). Postmodernidad: decadencia o resistencia. Madrid: Tecnos.

Bueno, A. (abril 2014). El maltrato psicológico/emocional como expresión de violencia hacia la infancia. Recuperado de: http://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/5913/1/ALT_05_06.pdf

Casa del libro. (Julio 2014) Recuperado de: http://www.elalmanaque.com/lexico/nino.htm

Casado, F., J, Díaz, H., J. A. & Martínez G., Ca. (1997). Niños Maltratados. Madrid: Editorial Díaz de Santos.

Chuaqui, J. B. (2000). El concepto de dignidad en la antigua Roma y después. Estudio de Viktor Pôschel. Chile: Pontificia Universidad Católica de Chile, Facultad de Medicina, Ars Médica 2, 23-30.

Cicerón, M. T. (1989). Sobre los deberes. Madrid: Alianza.

Cortina, A. (2000). Ética mínima. Introducción a la Filosofía práctica. España: Editorial Tecnos.

Cortina, A. (2012). Valores morales y comportamiento social. En: El siglo XX mirando hacia atrás para ver hacia adelante. España: Fundación para el Análisis y Los Estudios Sociales. Ebcomp S.A. Recuperado de: http://www.fundacionfaes.org/record_file/filename/257/00289-00.pdf.

Coulanges. (1982). La ciudad antigua. Madrid:  Editorial Edaf, S.A. Recuperado de: http://books.google.es/books?id=mOEHtiIFt6wC&pg=PA96&dq=Moral+antigua+de+la+familia&hl=es&sa=X&ei=-0tbUfXNJIjE9gTX94HwDA&ved=0CDIQ6AEwAA

Mitología Griega. (2010). Cronos. Recuperado de: http://mitologiagriegainfo.blogspot.com/2010/09/cronos-saturno.html.

Cuéllar, J. E. (2010). Alcances y límites de la dignidad humana en el contexto de la Bioética. Una reflexión crítico – antropológica. Universitas humanista 69.

Diccionario Etimológico. (Julio 2014). Recuperado de: http://etimologias.dechile.net/?infancia

Tealdi, J. C. (2008). Diccionario Latinoamericano De Bioética. Bogotá: Unesco. Red Latinoamericana y del Caribe de Bioética: Universidad Nacional de Colombia.

Garelli, J. Montuori, E. (Agosto 2014). Vínculo Afectivo materno-filial en la primera infancia y teoría del attachment. Recuperado de: http://www3.sap.org.ar/staticfiles/archivos/1998/arch98_2/98_122_125.pdf

Gracia, D. (2012) Bioética y pediatría. Recuperado de: http://www.unal.edu.co/bioetica/documentos/docum_07/7_65_bioetica_pediatria.pdf

Herrera, B. E. (1999) Indicadores para la detección de maltrato en niños. Salud Pública de México 41(5). Recuperado de: http://www.scielosp.org/scielo.php?pid=S0036-36341999000500011&script=sci_arttext

Hoffman, M. L. (2001). Desarrollo moral y empatía.Barcelona: Editorial Ideas  Books,  S.A.

Hottois, G. (2007). ¿Qué es la bioética?. Bogotá: Vrin, Universidad El Bosque.

Kant, I. (1980). Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Madrid: Espasa Calpe.

Kant, I. (1991). Pedagogía. Madrid: Akal,

Luther, J. (2007). Razonabilidad y dignidad humana. Revista de Derecho Constitucional Europeo 4(7)

Martín, M. (2013). Maltrato infantil. España: Avanzamos.

Martínez Bullé-Goyri, V.M. (2013). Reflexiones sobre la dignidad humana en la actualidad, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, nueva serie, XLVI (136) 39-67.

Mclean, S. A. M. (2008). The Human Embryo as Clinical Tool. En: Duwell, Rehman-Sutter & Mieth. The Contingent nature of Life. Bioethics and the limits of human existence. pp. 209-219. Canadá: David N. Weisstub, Université de Montreal, Springer Science. 

Medea. (Abril 2013) .Recuperado de: http://www.guiascostarica.com/mitos/grecia53.htm

Ospina, S., H. F. Alvarado S., Sara V. (2001). Los niños, las niñas y los jóvenes recuperan su voz en la construcción de procesos de paz. Manizales: CINDE y Universidad de Manizales.

Outomuro, D. (2003). Algunas observaciones sobre el estado actual de la Bioética en Argentina. Acta Bioética, IX (2).

Pavez, I. (2012). Sociología de la infancia: las niñas y los niños como actores sociales. Revista de Sociología, 27, 81-102.

Pelè, A. (2006). La dignidad humana. Sus orígenes en el pensamiento clásico. España: Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las casas. Universidad Carlos III de Madrid, Editorial Dykinson, S.L.

Peña Ochoa, M. (2013). El niño como sujeto. El caso de la infancia y la niñez en Chile en el siglo XX. Recuperado de: MPochoa-Fchst.un/pam.edu.ar/pdf/

Pfeiffer, M. L. (2008). Legitimidad. En: TEALDI, J.C.. Diccionario Latinoamericano de Bioética. Bogotá: UNESCO, Universidad Nacional de Colombia

Pólit, D. (2004). Programa de protección especial. Marco conceptual. Ecuador: Instituto Nacional del Niño y la Familia. Comisión permanente de protección especial.

Silva Rojas, A. P. (2002). Derechos Humanos y Democracia: Una relación de reciproca complementariedad. "HUMANIDADES", 32 (1).

Soberanes, J. L. (2008). Reflexiones sobre el concepto de dignidad humana y su proyección en el campo de la Bioética (pp. 237-256). González Valenzuela, J. Perspectivas de Bioética. México: Comisión Nacional De Los Derechos Humanos (México), Fondo De Cultura Económica.

Sotomayor Tríbin, H. A. (Abril, 2013). Una revisión histórico-antropológica sobre el maltrato infantil en Colombia. De las sociedades prehispánicas a la actual. Revista Colombiana de pediatría. Recuperado de: http://www.encolombia.com/medicina/pediatria/pediatria38303-unareflexion.htm   

Spearmann, R. (2000). Personas: acerca de la distinción entre “algo” y “alguien”. España: EUNSA.

Ulriksen De Viñar, M. (2011). Construcción de la subjetividad del niño. Algunas pautas para organizar una perspectiva. Revista Uruguaya de Psicoanálisis, 100(4),

UNESCO & ONU. (2006). Plan de acción. Programa Mundial para la educación en derechos humanos. Paris: UNESCO.

UNICEF. (2008). Un enfoque de la educación basado en los derechos humanos. Nueva York: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la cultura.

Vasquez De Velasco, (2013). Concepción de niñez.  Actualización 2005. Revista de Educación

Zazzi, M. C. (2013). Filicidio. Madres asesinas. Vertex, Revista Argentina de Psiquiatría, 22, 199-200. Recuperado de: http://www.polemos.com.ar/docs/vertex/vertex97.pdf#page=40

 



* El presente artículo de reflexión es producto de la revisión de la Tesis doctoral titulada “Dilemas Bioéticos en las prácticas discursivas de psicoterapeutas que atienden el maltrato infantil”, Universidad El Bosque, Bogotá.

** Psicóloga, Magister en Educación y Desarrollo Comunitario; Doctorado en Bioética de la Universidad El Bosque. Docente de la Facultad de Salud, Programa de Medicina, Universidad Surcolombiana. Neiva, Colombia.